Como todos ustedes sabrán, la obligación de documentación de las operaciones entre personas o entidades vinculadas es obligatoria desde hace ya algunos años, excepto para entidades con menos de 10 MM de euros de facturación y operaciones vinculadas que en su conjunto sean inferiores a 100.000 euros en el año. Sin embargo, estamos observando reiteradamente Grupos de empresas que están incumpliendo estas obligaciones, sin ser muy conscientes del tipo de infracción en que están incurriendo ni las importantes sanciones que están previstas en estos casos.

Desde aquí queremos resaltar este asunto e invitar a las empresas a que se tomen en serio la necesidad de tener adecuadamente documentadas y justificadas sus operaciones entre empresas o personas vinculadas para evitar significativas contingencias fiscales.